26 Dic 2017 UNA SENTENCIA DE LA AUDIENCIA DE NAVARRA RATIFICA LA DECISIÓN DE LA DIRECCIÓN DEL PSN-PSOE DE EXPULSAR AL EX PORTAVOZ MUNICIPAL DE TAFALLA POR GOBERNAR CON BILDU

Una sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Navarra da la razón a la dirección regional socialista y desestima el recurso de apelación interpuesto por un concejal de Tafalla expulsado del partido por entrar a la Junta de Gobierno Local con EH-Bildu, Juan José Martínez. Ratifica que no cabe apreciar ni infracción alguna ni vulneración de derechos fundamentales, como señalaba el apelante, puesto que la decisión adoptada por el partido se hizo dentro del ámbito y los límites y facultades de autogobierno y autoorganización que le competen, se ajusta las reglas de procedimiento y competencia y se adoptó con fundamento en una base razonable.

La sentencia relata cómo tras las elecciones municipales de 2015, la dirección del PSN-PSOE envió una comunicación a la Agrupación Socialista de Tafalla, remitida por la Comisión Ejecutiva Regional a todos los secretarios de organización y candidatos locales, suscrita por el Secretario de Organización y el Secretario de Política Municipal, en la que se exponía que, ante la próxima constitución de los ayuntamientos y concejos, se traslada la posición del PSN-PSOE, refrendada en los órganos federales y regionales. Los concejales y grupos municipales no podrán entrar a formar parte de los órganos municipales de gobierno allá donde dicho ayuntamiento sea liderado por EH-Bildu. Tampoco propiciaremos alcaldías de EH-Bildu.

Cuenta también la sentencia que los dos concejales del PSN-PSOE se abstuvieron en el pleno en el que se eligió al Alcalde de Tafalla, de EH-Bildu, pero además, uno de ellos, Martínez, aceptó el nombramiento por el Alcalde como miembro de la Junta Local de Gobierno, presidido por el edil independentista.

Tras estos hechos, la CER del PSN-PSOE elevó a la Comisión Ejecutiva Federal la apertura de expediente y el 3 de julio de 2015 dicha Ejecutiva acordó expulsar provisionalmente del partido a ese concejal y abrir expediente disciplinario porque las decisiones de los concejales suponían un acto de indisciplina.

La Audiencia apunta que no estamos ante un supuesto en el que se dirima una cuestión de derechos fundamentales como ciudadano porque el derecho de afiliación a un partido político no entraña un derecho fundamental de esa naturaleza.

Además, señala que, tanto la Agrupación de Tafalla como el concejal, eran perfectamente conscientes de la posición adoptada por el PSOE de manera pública y manifiesta, incluso antes de celebrarse las elecciones, en relación a las corporaciones locales que se habrían de constituir en el País Vasco y Navarra, por lo que los concejales eran sabedores de la posición del partido respecto a formar parte de gobiernos locales presididos por EH-Bildu. También lo eran los órganos del PSN-PSOE, que asumieron el posicionamiento, como bien se refleja en la citada comunicación a todas las agrupaciones locales. Pese a ello, el concejal no rechazó la propuesta de entrar a un órgano de gobierno municipal presidido por EH Bildu, lo que suponía una contradicción por lo anunciado a la opinión pública. Eso, señala, muestra que existe una base razonable para que el órgano federal sancionador considerara que el concejal actuó en contradicción con los principios y resoluciones del partido, cometiendo un acto de indisciplina contrario a los deberes de los afiliados, pero añade que no desistió a pesar de la oportunidad que se le daba para hacerlo en la resolución sancionadora.

La sentencia condena a pagar las costas a los dos concejales.

El Secretario de Organización del PSN-PSOE, Ramón Alzórriz, señala que, de nuevo, una sentencia ratifica que la decisión adoptada en su día por el partido respecto al ex-portavoz y ex-secretario general de Tafalla no solo es justa y adecuada a los estatutos del partido, sino que también se ajusta a derecho, puesto que no vulnera ningún derecho fundamental, como bien señala el escrito de la Audiencia Provincial. Tras la sentencia, Martínez ya no es a todos los efectos miembro del PSN-PSOE y no es persona autorizada para usar ni representar el nombre y la marca del Partido Socialista. El PSN-PSOE exige al Ayto. De Tafalla que ejecute la sentencia y relegue a Martínez al grupo de no adscritos y en consecuencia abandone el Grupo Municipal Socialista. Se ha demostrado que incumplió las directrices sobre pactos y acuerdos municipales, lo cual es un acto de indisciplina pero además un acto de calado ético, no solo político, por el hecho de acordar con EH-Bildu.

Señala Alzórriz que en el PSN-PSOE los cargos electos adquieren un compromiso ético, por tanto que trasciende de los principios políticos, y consideramos que esta persona no ha estado a la altura ni de ese compromiso ni del compromiso público con la ciudadanía, en el que se expresó claramente que pactos o acuerdos con la formación abertzale no tenían cabida en la constitución de las corporaciones locales.



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