08 Nov 2016 EL TAN DA LA RAZÓN AL PSN-PSOE DE BURLADA RESPECTO A LA VALORACIÓN DEL EUSKERA EN EL ACCESO AL EMPLEO PÚBLICO Y CREE CONTRARIA A DERECHO LA VALORACIÓN DE LAS DOS PLAZAS RECURRIDAS

El Tribunal Administrativo de Navarra ha dado la razón al PSN-PSOE de Burlada que presentó un recurso de alzada en relación con el acuerdo de pleno referente a la plantilla orgánica del Ayuntamiento, fechado el 26 de mayo de 2016. En concreto, se impugnaron dos plazas, una de Técnico de Recursos Humanos y otra de Oficial Administrativo, en ambos casos por contener una valoración o exigencia del nivel de conocimiento de euskera no ajustada a la Ordenanza Municipal del vascuence. En un caso se contemplaba valorar hasta un 10 por ciento el conocimiento de esa lengua y en otro tener nivel C1, cuando ese baremo se puede aplicar solo a plazas en las que se atienda de manera directa al público.

Pero ese no era el caso, por lo que se tenía que haber aplicado el 5 por ciento que la ordenanza señala para plazas que no impliquen esa atención directa.
El TAN señala que, de la documentación aportada por el portavoz socialista, Ramón Alzórriz, cabe concluir que las previsiones de la plantilla orgánica respecto a esas plazas son contrarias a Derecho en cuanto al mérito y la exigencia de conocimiento del euskera. Por eso, el Tribunal estima el recurso de alzada y anula esas plazas en los perfiles lingüísticos.
El Tribunal, dice el portavoz, pone sobre la mesa que la vinculación de la provisión de puestos de trabajo con conocimiento de euskera se haga pensando en el interés general y en el público al que hay que atender, y no en una simple voluntad política de las mayorías. Además, señala que es necesario un estudio de los puestos de trabajo de la plantilla orgánica y de sus perfiles lingüísticos, algo que puede afectar a posibles convocatorias futuras de plazas.



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