
26 Sep 2018 EL PSN-PSOE PROPONE DEJAR EXENTOS DE TRIBUTACIÓN LOS VEHÍCULOS DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD
El PSN-PSOE ha presentado en el Parlamento una propuesta para modificar la Ley Foral de Haciendas Locales de cara a mejorar la fiscalidad que afecta a personas con discapacidad que tienen vehículos a motor. La portavoz parlamentaria de Hacienda, Ainhoa Unzu, señala que es una cuestión de justicia, de avanzar en derechos, y de equiparar la situación de las personas con discapacidad de Navarra a las del resto de España, donde están más avanzados en esta materia. La ley se modificaría para contemplar la exención fiscal de los vehículos a motor de personas con discapacidad y de organizaciones sin ánimo de lucro que trasladen a estas personas. Además, los socialistas proponen que se recoja la exención fiscal también para los vehículos especialmente adaptados que están a disposición de personas con discapacidad pero que tienen que conducir terceras personas.
Recuerda Unzu que el Defensor del Pueblo ha sugerido en varias ocasiones que se haga una modificación normativa para atender esta cuestión, y añade que la ley ha quedado obsoleta no solo en fondo sino en la propia terminología que emplea, ya que habla de “minusválido”, por lo que se propone aprovechar la modificación para sustituir esa terminología por la de “persona con discapacidad”, de acuerdo a lo que recogen la Ley de Dependencia y la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Los socialistas consideran que sería un avance importante sacar adelante esta mejora, y esperan que salga aprobada en el Parlamento, para lo que apelan a la sensibilidad y al sentido común de todos los grupos de la Cámara.
En definitiva, se propone modificar la Ley Foral 2/1995 de Haciendas Locales, de manera que:
– Se añade al artículo 160.1 contemplar los vehículos matriculados a nombre de organizaciones sin ánimo de lucro para el traslado de personas con discapacidad
– Se modifica el artículo 160.1 para redactarlo como sigue. “A los titulares de los vehículos especialmente adaptados. Asimismo estarán exentos los vehículos matriculados a nombre de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento y, además, alguna de las siguientes circunstancias:
• Presentar movilidad reducida conforme a los criterios normativos que la definen
• Presentar déficit cognitivo, intelectual o trastorno mental
• Mostrar en el mejor ojo una agudeza visual igual o inferior al 0,1 con corrección, o un campo visual reducido a 10 grados o menos
• Ser menor de edad
La exención alcanzará a un vehículo por persona.