14 Dic 2021 EL PSN DE PAMPLONA SOLICITA AL EQUIPO DE GOBIERNO QUE ACLARE CÓMO VA A SOLUCIONAR LAS DEFICIENCIAS DESCUBIERTAS POR LA CÁMARA DE COMPTOS

Los socialistas han analizado el informe sobre la fiscalización de la Cuenta General 2020 del Ayuntamiento y creen que es necesaria información “ante la gravedad de las observaciones”

Tras analizar el último informe que Cámara de Comptos sobre la fiscalización de la Cuenta General del Ayuntamiento de Pamplona correspondiente al ejercicio 2020, el PSN de Pamplona ha presentado una declaración al próximo Pleno para que el alcalde Maya y su equipo expliquen en las comisiones municipales al resto de grupos “qué medidas van a llevar a cabo para corregir todos los aspectos que el informe de la Cámara de Comptos recomienda”.

El PSN recuerda que “el alcalde no formuló ninguna alegación”, habiendo dispuesto de los plazos previstos para ello, luego entienden que “está conforme con el contenido del mismo”. Por ello, ante la gravedad de las observaciones y recomendaciones recogidas en el Informe, los socialistas presentan esta declaración para conocer las soluciones previstas a deficiencias como las que se citan a continuación:

  • El ayuntamiento ha abonado gastos por 2,57 millones correspondientes a prestaciones de servicios una vez superado el plazo máximo de vigencia de los contratos correspondientes.

  • El ejercicio de la intervención previa limitada no cumple las previsiones de la Ley Foral 2/1995 de las Haciendas Locales de Navarra, debido a diversos motivos.

  • De los 80 procesos selectivos a que darían lugar las OPES 2016-2020, el 81 por ciento se encuentran sin convocar.

  • En la convocatoria de 31 plazas de oficial de inspección de conservación urbana se ha utilizado el procedimiento restringido previsto con carácter excepcional en el artículo 15.6 del texto Refundido del Estatuto Público, sin que conste en el expediente la justificación de la utilización de dicho procedimiento, ni se había creado previamente en plantilla orgánica las plazas cuya convocatoria estaba prevista.

  • En la documentación de 30 plazas de agente municipal se han detectado deficiencias en la documentación del proceso, principalmente en cuanto a la recogida en acta de todas las decisiones tomadas por el tribunal.

  • En las convocatorias mencionadas no consta ningún informe jurídico sobre la convocatoria y las bases reguladoras de las mismas.

  • Se continúan abonando retribuciones recogidas en plantilla como “complemento docente” sin que dicho complemento sea aplicable al personal del ayuntamiento.

  • Las horas extraordinarias se están abonando de acuerdo con una resolución del TAN de Nov. del 17; sin embargo la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en sentencia de apelación ha establecido otro criterio.

  • No se establece una adecuada planificación de los procedimientos de licitación de contratos con el fin de evitar la superación del plazo máximo de vigencia de los mismos.

  • No se justifican la no división en lotes cumpliendo la normativa contractual

  • No se publican en el Portal de Contratación de Navarra todas las actas de la mesa que participan en los procedimientos de contratación, así como todas las adjudicaciones de contratos.

  • No se establecen en los pliegos fórmulas de valoración económicas linealmente proporcionales, de forma que la puntuación obtenida por los licitantes sea directamente proporcional a la reducción del precio.

  • No existe un plan de inversiones que permita realizar una adecuada planificación, así como su seguimiento, control y evaluación posterior.

  • No existe una herramienta necesaria para que el ayuntamiento pueda comprobar si la empresa adjudicataria del estacionamiento regulado realiza correctamente los abonos al ayuntamiento o no, ni es posible verificar la corrección de la recaudación por anulaciones de denuncias realizadas en las oficinas de la empresa adjudicataria.

  • Todavía desconocemos cuando se va a aprobar definitivamente la ponencia de Valoración Total que modifique los valores catastrales, actualizando los existentes.

  • Necesidad de continuar con el proceso de elaboración del estudio de costes con el fin de implantarlo de forma definitiva.

  • En escuelas infantiles existe una temporalidad del 85 por ciento de la plantilla, y no se pueden cuantificar cuantas vacantes de la plantilla orgánica están cubiertas debido a que existen puestos y contratos a tiempo parcial y a que muchos contratos no se asocian a plazas vacantes concretas. El sistema de gestión de personal que el organismo utiliza no es válido para una adecuada gestión y no proporciona la información necesaria para correlacionar plazas y personas.