21 Dic 2016 EL TSJ DESESTIMA EL RECURSO DE TRES MANDOS DE LA POLICÍA FORAL CONTRA EL PARLAMENTARIO CERDÁN Y SEÑALA EL AMPARO DE LA CONSTITUCIÓN A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha desestimado el recurso de apelación presentado por tres mandos de la Policía Foral contra una sentencia favorable al parlamentario Santos Cerdán en relación a unas declaraciones públicas referentes a una comparecencia de prensa de dichos mandos. Además, ya habían tenido que asumir las costas en la sentencia primera. El TSJ no aprecia conducta antijurídica en Cerdán, cuando afirmó que eran comisarios políticos, apunta que sus declaraciones están amparadas en la libertad de expresión que reconoce la Constitución y añade además que existe doctrina constitucional según la cual la carga de asumir la crítica severa, dura e incluso inconveniente se impone en una sociedad democrática a quienes participan en la vida pública.

En los argumentos que expone el Tribunal, se afirma que Cerdán hizo uso del derecho constitucional a la libertad de expresión y que en ese ejercicio no es exigible la prueba de la exactitud de la opinión o juicio de valor que se vierte para hacer legítimo dicho ejercicio. Añade además que ese derecho a la libertad de expresión y el de información ostentan una posición prevalente sobre el derecho al honor por resultar esenciales como garantía para la formación de una opinión pública libre, indispensable para el pluralismo político que exige el principio democrático.

Explica el Tribunal que la libertad de expresión comprende la crítica de la conducta de otro, aun cuando sea desabrida y pueda molestar, inquietar o disgustar a aquel contra el que se dirige, pues así lo requieren el pluralismo, la tolerancia y el espíritu de apertura, sin los cuales no existe sociedad democrática.



Abrir chat
1
Escanea el código
Hola 👋
¿En qué podemos ayudarte?